Consejo de Estado suspende decreto que fijó el salario mínimo para 2026 y ordena medida transitoria

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El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del decreto mediante el cual el Gobierno Nacional estableció el salario mínimo legal para el año 2026 en $1.750.905. La decisión no constituye un fallo definitivo, pero sí frena temporalmente los efectos del acto administrativo mientras se resuelve el proceso de fondo.

La medida recae sobre el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 y, según el alto tribunal, busca garantizar que la fijación del salario mínimo cumpla de manera integral con los criterios legales y constitucionales vigentes.

En su providencia, el Consejo de Estado ordenó al Gobierno Nacional expedir y publicar, dentro de los ocho días calendario siguientes a la notificación, un decreto transitorio que determine tanto el porcentaje de aumento como el valor total del salario mínimo para 2026. Este decreto regirá únicamente hasta que se profiera una sentencia definitiva.

Criterios que deberá aplicar el Gobierno

El tribunal precisó que, para definir la nueva cifra, el Ejecutivo deberá aplicar de forma completa criterios como la meta de inflación fijada por la Banco de la República, la productividad certificada oficialmente, la inflación real del año anterior, el crecimiento del PIB y la contribución de los salarios al ingreso nacional.

Además, deberá tener en cuenta principios constitucionales como la especial protección del trabajo, la garantía de una remuneración mínima, vital y móvil, la función social de la empresa y los objetivos de dirección general de la economía.

El nuevo decreto deberá incluir una fundamentación económica detallada y verificable, explicando la valoración aplicada a cada criterio, su cuantificación, la ponderación utilizada y el razonamiento que condujo a la cifra final, todo sustentado en fuentes y certificaciones oficiales.

Sin efectos retroactivos

El Consejo de Estado aclaró que la suspensión provisional solo producirá efectos a partir de la publicación del decreto transitorio. Hasta entonces, continuará vigente el salario mínimo fijado en el Decreto 1469 de 2025.

Asimismo, el alto tribunal subrayó que la decisión no afecta derechos u obligaciones que ya hayan sido calculados, causados o pagados con base en el salario mínimo vigente durante el tiempo en que el decreto estuvo en efecto, incluidos pagos de nómina, pensiones, contratos, multas, sanciones, tarifas y cuotas alimentarias.

Estas situaciones, precisó, se consideran jurídicamente consolidadas y están protegidas por los principios de seguridad jurídica y debido proceso, por lo que no generan reintegros ni efectos retroactivos.

El proceso judicial continuará su curso hasta que el Consejo de Estado emita una sentencia definitiva sobre la validez del decreto suspendido.

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